Espacio informativo de la Norma 025
de Igualdad Laboral
y No Discriminación en ITESI
En Igualdad Laboral y No Discriminación es un mecanismo de adopción voluntaria para reconocer a los centros de trabajo que cuentan con prácticas en materia de igualdad laboral y no discriminación, para favorecer el desarrollo integral de las y los trabajadores.
Incorporar la perspectiva de género y no discriminación en los procesos de reclutamiento, selección, movilidad y capacitación.
Garantizar la igualdad salarial.
Implementar acciones para prevenir y atender la violencia laboral.
Realizar acciones de corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar y personal de sus trabajadoras y trabajadores, con igualdad de trato y de oportunidades.
Considerando que la “Igualdad Laboral y No Discriminación” es un compromiso de todo centro de trabajo, así como una obligación ante la Ley. Reconociendo que el mercado laboral enfrenta diferentes formas de discriminación y desigualdad que afectan principalmente a mujeres y a diferentes grupos por razones de edad, discapacidad, origen étnico, diversidad sexual, entre otras. Conviniendo que la igualdad laboral y la no discriminación permite adoptar las medidas o políticas apropiadas para asegurar de manera progresiva que las mujeres y los hombres de este centro de trabajo cuenten con la igualdad de oportunidades y de trato, sin pasar por alto la igualdad en los resultados dentro de los programas, bienes, servicios o productos que el centro de trabajo pone al servicio de todo el personal.
Discriminación: Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distincón, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia. (Ver Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación)
Tiene por objeto establecer los principios y valores que regirán en ITESI, para garantizar los derechos humanos, la no discriminación por ningún motivo, así como la igualdad laboral, salarial y de oportunidades para todas las personas que en ellas laboran, dando cumplimiento a lo establecido en la normatividad vigente en la materia a nivel internacional, federal y estatal.
Su implementación, vigilancia y evaluación, está a cargo del Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación de la Administración Pública del Estado de Guanajuato, así como de los Comités de Igualdad Laboral y No Discriminación o sus equivalentes de cada una de las dependencias, entidades y unidades de apoyo que para tal efecto se conformen, de acuerdo a los lineamientos de operación que los mismos establezcan.
Se rige bajo los siguientes principios:
Es el responsable de vigilar el desarrollo e implementación de prácticas de igualdad laboral y no discriminación en el Instituto Tecnológico Superior de Irapuato, además de garantizar la igualdad de oportunidades para cada persona, armonizada con el concepto de discriminación que establece el artículo 1º, fracción III de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Deseas conocer el Comité para la Igualdad Laboral y No Discriminación de ITESI, dar click Aquí
Deseas conocer el Código de Conducta del Comité para la Igualdad Laboral y No Discriminación de ITESI Aquí
Deseas conocer los Lineamientos de Operación del Código de Conducta del Comité para la Igualdad Laboral y No Discriminación de ITESI Aquí
Órgano que tiene como objetivo diseñar, implementar, vigilar y dar seguimiento las acciones consideradas en este Protocolo para la prevención y atención de la Violencia laboral y el Hostigamiento y Acoso Sexual en cada ente público del Gobierno del Estado de Guanajuato. El Comité impulsará y ejecutará actividades, acciones o iniciativas orientadas a anticipar, detectar oportunamente y evitar que se cometan actos o conductas de hostigamiento y acoso sexual y/o laboral en los entes públicos del gobierno estatal con el objetivo de proteger el derecho de las personas a una vida libre de violencia. Asimismo, se abocará en acompañar, orientar y asesorar a las personas que presenten quejas de violencia laboral, hostigamiento y acoso sexual.
Deseas conocer el Comité para la Atenció a la Violencia Laboral, el Acoso y el Hostigamiento Sexual de ITESI, dar click Aquí
Persona encargada de la protección de los derechos del ciudadano en sus contactos con las autoridades dentro del centro de trabajo.
Titular del Departamento de Tutorías de ITESI
Lic. José de Jesús Gómez Rocha
Tel. 4626067900,
Ext. 160
Edificio “H” Planta Alta
jose.gr@irapuato.tecnm.mx
En esencia, muchas formas de lenguaje y expresiones sexistas que abundan en nuestro vocabulario — las cuales han pasado de generación en generación perpetuando patrones de comportamiento— construyen estereotipos de género, asociando a las personas con roles y expectativas sociales entorno a lo que deben ser/hacer las mujeres y los hombres.
De esta forma, el lenguaje sexista o excluyente ha reforzado la idea errónea de que las mujeres tienen un papel de inferioridad o subordinación con respecto al hombre.
Estas formas sutiles de desvalorización de la mujer en el lenguaje son las que, en el inconsciente colectivo, se suman a las muchas formas que contribuyen a reforzar la desigualdad y, en el peor de los casos, a justificar la violencia ejercida hacia las mujeres.
Por ello, te invitamos a descargar nuestro manual para el uso de un lenguaje incluyente y con perspectiva de género.
Aunado a la prestación que por ley se tiene de permiso de paternidad de 5 días laborales con goce de sueldo a los hombres trabajadores, se incrementa un día más como un beneficio mayor al personal de ITESI, extendiéndose así a 6 días laborales el permiso de paternidad con goce de sueldo.
La sala de lactancia es un espacio digno, privado, higiénico y accesible para que las mujeres en periodo de lactancia, amamanten o extraigan y conserven adecuadamente su leche durante el horario de trabajo. ¿Sabías que contamos con una dentro de ITESI? Se ubica en el edificio A, detrás de la oficina de Servicio Médico.
Te invitamos a conocer los beneficios y la importancia de la lactancia materna dando clic Aquí
Quieres Conocer la Sala de lactancia, da click Aquí
Tiene por objeto regir la actuación de las personas servidoras públicas, al servicio de las dependencias, entidades y Unidades adscritas directamente al C. Gobernador de la Administración Pública Estatal de conformidad con lo previsto en las leyes del Sistema Estatal Anticorrupción, y de Responsabilidades administrativas para el Estado de Guanajuato.
Empleando un lenguaje incluyente, buscando no generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombre y mujeres, por lo que éstos serán redactados asegurando un lenguaje incluyente y no sexista.
En el Capítulo I se da cuenta del marco conceptual que permite entender la violencia laboral, el hostigamiento y acoso sexual, particularmente en el marco de la perspectiva de género, considerándolas como expresiones de violencia de género, sin excluir como acontecimientos propios de un sexo.
En el Capítulo II se revisa la base legal que fundamenta la actuación al interior de los entes públicos del gobierno estatal, a fin de que puedan prevenir, atender y promover la sanción de conductas constitutivas de violencia laboral, acoso y hostigamiento sexual. De este modo, se revisa el marco legal aplicable de los ámbitos estatal, nacional e internacional.
En el Capítulo III se exponen los objetivos que rigen este Protocolo para prevenir y atender la violencia laboral, el acoso y el hostigamiento sexual en la administración pública del Estado de Guanajuato.
En el Capítulo IV se plantean los principios de actuación que deben guiar todas las acciones para el diseño, implementación y evaluación de los procesos, procedimientos y decisiones de las instancias encargadas de atender los casos sobre las conductas consideradas en este Protocolo.
En el Capítulo V se describe el objetivo, facultades, integración y organización que tiene el Comité para la Prevención y Atención de la violencia laboral, el Acoso y el Hostigamiento y Sexual, que es el órgano encargado de la implementación de este Protocolo.
En los Capítulos VI y VII se exponen las estrategias para la prevención y atención, respectivamente, de la violencia laboral, el acoso y el hostigamiento sexual, que deberán llevarse a cabo en los entes públicos del gobierno del estado, particularmente con base en la promoción que de ello haga el Comité señalado.
En el Capítulo VIII se señala el tipo de acciones que se deberán llevar a cabo por parte de dicho Comité, para promover la sanción de actos de violencia laboral, hostigamiento y acoso sexual, por parte de las instancias competentes en materia laboral, administrativa y penal.
Finalmente, los anexos contienen una serie de formatos que permitirá al Comité llevar a cabo sus funciones para la prevención, atención y la sanción de las conductas señaladas.
Para lograr una transformación de fondo es fundamental que conozcas, apliques y vivas los principios, valores y reglas de integridad del servicio público, mismos que podrás encontrar en este, tu Código de Ética, el cual nos permitirá actuar de forma coherente e íntegra, a fin de cerrarle las puertas a cualquier conducta de corrupción. Asimismo, a través de su adecuada aplicación, podremos fomentar un ambiente de respeto y cordialidad entre los compañeros(as), colaboradores(as) y la ciudadanía.
Unidos como Comunidad Seremos Siempre Fuertes.